FOGAPI es una entidad financiera regulada y supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, especializada en servicios de garantía a favor de la Micro y Pequeña Empresa (MYPE), facilitándoles el acceso al crédito, sean personas naturales o jurídicas de toda actividad económica.
Las entidades del estado o privadas solicitan distintas garantías en su contratación para compra venta, suministro de bienes y obras públicas, como para la prestación de servicios profesionales (consultoría, auditoría, servicios médicos y otras), tales como:
1. Garantía de Fiel Cumplimiento
2. Garantía de Adelanto del Contrato
3. Garantía de Monto Diferencial de la Propuesta
4. Garantía para Crédito de Proveedores
5. Otras según evaluación.
Cuando se emite una garantía, le asiste a FOGAPI el pago de una comisión según el tarifario vigente.
Se aplica el porcentaje de la comisión vigente en el tarifario, según el plazo de la carta fianza sobre el monto de la misma.
Previa a la entrega de la Carta Fianza, la comisión debe ser abonada y acreditada en las Cuentas Recaudadoras de FOGAPI en los siguientes bancos:
- Banco de Crédito del Perú - BCP
- Banco Continental - BBVA
- Scotiabank
Para el caso de otras instituciones financieras debe realizar transferencia interbancaria al BCP con la siguiente información:
- Cuenta Corriente M.N. CCI: 002-193-001188458024-19
- Razón Social: FOGAPI
- RUC: 20207782964
Para mayor información, por favor contacta a tu Asesor Comercial.
Para FOGAPI, califican las micro y pequeñas empresas, sean personas naturales o jurídicas de cualquier actividad económica, que no presenten calificación adversa en Centrales de Riesgo. Se considera Micro Empresa: Ventas Anuales: Hasta el monto máximo de 150 UIT Se considera Pequeña Empresa: Ventas Anuales: Hasta el monto máximo de 1700 UIT UIT 2026= S/5,500 (Varia cada año por disposición legal)
Según resolución de SBS No. 11356-2008 son clientes: 1. Minoristas: Persona Natural o Jurídica con endeudamiento menor a S/. 300,000 2. No Minorista: Persona Jurídica con endeudamiento superior a S/. 300,000 o ventas anuales hasta 20 millones de soles.
Sí, es una modalidad altamente conveniente para agilizar el otorgamiento de cartas fianza. FOGAPI puede otorgar Línea de Crédito Indirecto Revolvente, bajo esta línea se puede emitir varias cartas fianza conforme requiera, dependiendo del saldo disponible vigente.
Si, FOGAPI es una institución integrante del Sistema Financiero Nacional, regulada y Supervisada por la Superintendencia de Banca Seguros y AFP. FOGAPI y sus cartas fianza cumplen con el requisito legal previsto en el Artículo 40 de la Ley de Contratación y Adquisición del Estado y Artículo 121 de su reglamento. Asimismo, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) que es la entidad máxima en tema de Contratación y Adquisición del Estado, ha emitido una resolución signada en el No. 080-2000-CONSUCODE/PRE, de fecha 4 de Abril de 2000, publicada en el Diario oficial “El Peruano” el 08 de Abril de dicho año, en cuyo Numeral 5 señala expresamente la validez de las cartas fianza que emitimos.
FOGAPI toma dos tipos de garantía para el otorgamiento de Cartas Fianza: 1. En efectivo, cuyo porcentaje requerido dependerá de la evaluación.Su historial crediticio es importante. 2. Hipotecaria, a través de la cual se constituye una Línea de Garantía.
Los honorarios profesionales están en función del inmueble tasado, los mismos que son negociados, pactados y cancelados directamente por el cliente con el Perito Tasador.
La tasación por mandato de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, la realiza un profesional registrado en el mencionado órgano de control.
La vigencia es de un año calendario, la actualización debe realizarse por mandato de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Igualmente, procede nueva tasación, en caso de circunstancias especiales, cuando considere FOGAPI que sea necesaria o conveniente.
Los gastos notariales y registrales se abonan si el contrato de crédito por la garantía otorgada corresponde ser elevado a escritura pública. Estos pagos se realizan directamente a FOGAPI mediante depósito bancario, después de la evaluación crediticia y siempre que se cuente con la tasación del Perito Tasador, registrado en la Superintendencia de Banca Seguros y AFP.